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Juez revelaría negligencia, encubrimientos y desastre en servicios médicos en hospital de Tzompantepec; en 2021, paciente murió

Por J. Luis Ahuactzin

Derivado de una demanda de protección de la justicia federal contra la Secretaria de la Función Pública (SFP) en Tlaxcala, por inhabilitación de 1 año del servicio público, un juez federal abrió la posibilidad de negligencia, encubrimientos y desastre en servicios médicos de urgencias nocturnos en el hospital de Tzompantepec, ahora IMSS-BIENESTAR.

Los hechos ocurrieron en el 2016 cuando el encargado de servicios médicos de urgencias nocturno fue acusado por abandono de trabajo la noche del 9 al 10 de abril, ya que registró su ingreso y su salida, pero no existe evidencia que estuviera presente en la guardia, y más aún como encargado del servicio de urgencias; es decir, que no existe registro médico que demuestren su presencia.

En el litigio de la inhabilitación por 1 año ante jueces federales, se desprendió que una paciente de nombre Karina N., perdió la vida. De la investigación se documentó que «no atendió a la paciente, porque no fue turnada al área en que se encontraba adscrito para su valoración, y no por no estar en su guardia (…)».

Derivado de ello, pese a que una doctora e incluso el entonces director del hospital regional «Emilio Sánchez Piedras», encubrieron al médico que abandonó su servicio, no existe prueba plena que él estuviera en el servicio nocturno, pues no existe receta médica de ningún paciente a su cargo y que él atendiera.

«(…) no se acredita el cumplimiento de su deber, ya que no existen notas médicas de pacientes que estuvieron hospitalizados en el área de observación de Adultos de Urgencias durante la guardia que le correspondía, no existiendo así la nota médica por parte del doctor urgenciólogo del turno nocturno en el cual llegó la paciente, y como encargado del servicio de Urgencias, era responsable de revisar todos los casos para su adecuado seguimiento (…)», pero no estuvo presente.

En consecuencia, se determinó que el médico de nombre reservado inhabilitado por 1 año, se debe a «que su omisión fue totalmente irresponsable al dejar a los pacientes del área de urgencias sin una adecuada atención médica y en específico en el expediente en que se actúa, no brindarle la atención a la paciente (…)», quien perdió la vida.

Sin embargo, la justicia federal determinó en el expediente 191/2025, no amparar al médico de la inhabilitación por causa grave instaurada por la SFP, iniciada en el 2016 y resuelta el pasado 18 de este mes.